• Reitera a autoridades municipales que castigar a ciudadanos por no profesar una religión determinada, es un delito.
San Raymundo Jalpan, Oax. 15 de agosto de 2024.- El Congreso de Oaxaca pide combatir la intolerancia religiosa en los 570 municipios del estado, derivado de los actos registrados en las comunidades contra cristianos evangélicos.
El exhorto promovido por las diputadas Haydeé Reyes Soto y Juana Aguilar Espinoza, es para la Titular de la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO), y para las autoridades locales de los 570 municipios.
En tribuna, la legisladora Haydeé Reyes Soto expuso que a pesar de que el Estado Mexicano debe garantizar la libre manifestación y ejercicio de conciencia y de religión, sea de manera individual y colectiva, por ser un derecho de cada persona, en Oaxaca la intolerancia religiosa persiste.
“A pesar de los avances en materia de derechos humanos en el país y en nuestro estado, la intolerancia religiosa sigue permeando, principalmente en zonas rurales e indígenas”, señaló.
“Por lo que respecta al estado de Oaxaca, se han registrado conflictos donde se han detectado amenazas, abuso de autoridad, detenciones arbitrarias, imposiciones de multas, arrestos de más de 24 horas, la negativa de proporcionar servicios indispensables, así como el hecho sucedido recientemente en San Isidro Arenal, perteneciente al municipio de San Juan Lalana, en la Cuenca del Papaloapan, en donde incendiaron una iglesia evangélica, lo que transgrede el derecho humano de toda persona de profesar la religión que desee, y es discriminatorio”, expuso.
La legisladora recordó que estos actos son un delito en Oaxaca, “el Código Penal del Estado ya tipifica en el artículo 412 Bis el delito de discriminación, dentro del cual se considera que existe ésta por motivos de religión cuando se le niegue a una persona un servicio o una prestación a la que tenga derecho; humille o excluya a persona alguna o grupo de personas; le imponga actividades, cuotas, cargos, servicios o castigos como sanción a no profesar religión o credo determinado”.
De igual manera, la legisladora Juana Aguilar Espinoza señaló que los ayuntamientos, incluyendo los de municipios que se rigen por Sistemas Normativos Indígenas, deben velar por los derechos de los habitantes y el cumplimiento de las leyes.
“Es un acto de barbarie e intolerante para el Estado expulsar a ciudadanos de sus bienes, de sus pueblos, de su origen, y esto es resultado de que no existe una autoridad inmediata para velar por el derecho humano a la libertad de la creencia religiosa”, manifestó.
“Pedimos se capacite a autoridades municipales por los actos de intolerancia religiosa, por los actos ocurridos en la comunidad de Santiago Jalahui, perteneciente al municipio de Santiago Choápam, donde fueron expulsadas a alrededor de 50 familias, unas 500 personas que no profesan la misma religión que el resto del pueblo. Dice el artículo 40 de la Carta Magna, somos un estado mexicano laico, se replica en la Constitución de Oaxaca en al artículo 29, pero si no fuera suficiente, la Ley Orgánica Municipal para el Estado determina que deben sujetarse para su régimen interior a la Constitución federal y local”, señaló.
“Cada presidente municipal debe tener en cuenta que la palabra laica significa que todos tenemos los mismos derechos sin importar religión alguna”, reiteró.
Por lo cual, la LXV Legislatura local llama a la Titular de la DDHPO y a los 570 municipios a coordinarse para implementar programas de promoción, capacitación y difusión en materia de derechos humanos, dirigidos a los servidores públicos que trabajan en los ayuntamientos, agencias y núcleos rurales, con la finalidad de promover el respeto a las creencias religiosas dentro de sus comunidades y evitar conflictos de intolerancia religiosa.
Lo anterior, a fin de prevenir actos de opresión, discriminación, desplazamiento forzado e incluso la pérdida de vida humanas y que pongan en riesgo la paz social.
Asimismo, el Congreso local exhorta a las autoridades municipales de los 570 municipios para que se abstengan de imponer actividades, cuotas, cargos, servicios o castigos como sanción a las personas que no profesan religión o credo determinado, ya que dichos actos constituyen un delito, de conformidad con lo establecido en el artículo 412 Bis del Código Penal de Oaxaca.
De acuerdo con la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca se han iniciado 76 expedientes de queja y ocho cuadernos de antecedentes por casos de intolerancia religiosa a nivel comunitario. De ellos, 46 se registraron en municipios indígenas. A finales de noviembre de 2023, otro caso ocurrió contra una familia evangélica originaria de la Cuenca del Papaloapan.